¿mi administrador esta obligado a entregar rendición de cuentas?
En la ley de copropiedad N°21.442, se deja establecido que el administrador debe rendir cuentas de forma mensual ante el comité de administración y en asamblea ordinaria semestral o anual en asamblea ante la comunidad, como también en el término de su gestión.
Es de gran importancia que se requiera la rendición de cuentas porque:
Se debe trabajar un presupuesto y así estabilizar los gastos comunes. Se previene cualquier mal uso de los fondos. Se corrigen desviaciones que no corresponden. Se detectan errores entre los ingresos y egresos a los sistema y lo mas importante evalúas el trabajo de tu administrador.
